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Ayudas de la Generalitat a los trabajadores autónomos

La Generalitat de Catalunya ha publicado en su página web un aviso sobre la puesta en marcha de la línea de ayudas de la Generalitat.

Ha sido creada para los trabajadores autónomos perjudicados por el cierre de negocios o la reducción drástica de su actividad como consecuencia de la crisis del Covid-19.

Se va concretando las anunciadas ayudas de la Generalitat, respecto a algunos puntos.

Sabemos que pueden acceder los autónomos que se han visto directamente perjudicados en su actividad económica por la paralización total de su actividad (el cierre de los negocios incluidos en ell Real Decreto de 14 de marzo), así como los que han visto reducida drásticamente su facturación.

Condiciones de acceso

Son  requisitos  estar dado de alta en la Seguridad Social en el Régimen Especial de trabajadores autónomos (RETA) y tener domicilio fiscal en Catalunya.

Se dice que se darán hasta 2.000 euros de ayuda a cada autónomo pero no se concreta aún  que criterios se tendrán en cuenta para calcular la cuantía de la ayuda. 

Hay un límite al total de las prestaciones, se darán hasta que se agote la partida presupuestaria.

También es importante tener en cuenta que el cobro de esta prestación es incompatible con otra ayuda. En nuestra opinión, es posible que el autónomo que solicite y reciba la ayuda que se ha empezado a tramitar a través de las mutuas a la Seguridad Social (las cuales no se han limitado por el momento), no reciba otra de la Generalitat.

Probablemente a partir del 1 de abril se activará el enlace de la Generalitat para poder tramitar las ayudas, y muchos de vosotros podréis acceder directamente. Si os surge alguna duda poneros en contacto con nosotros para poder ayudaros con la tramitación.

Transcribimos el texto que se ha publicado y que podéis consultar aquí.  

Generalitat de Catalunya: Línea de  ayudas para las personas trabajadoras autónomas afectadas económicamente por el coronavirus.

El Departament de Treball, Assumptes Socials i Famílies ha puesto en marcha una ayuda, en forma de prestación económica, de hasta 2.000 euros para las personas trabajadoras autónomas -persona física-. Dichas personas tendrán que acreditar una reducción drástica e involuntaria de su facturación como consecuencia de los efectos del coronavirus en su actividad económica. Se dará esta ayuda siempre que figuren de alta en actividades de las que las autoridades sanitarias han decretado el cierre y no dispongan de otras fuentes alternativas de ingresos.

Esta ayuda cuenta con un presupuesto de 7,5 millones de euros y prevé beneficiar a unas 4.500 personas trabajadoras autónomas.

Para acceder a esta ayuda, las personas trabajadoras autónomas – persona física- deberán estar dadas de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos de la Seguridad Social (RETA), y con domicilio fiscal en Cataluña.

El acceso a la ayuda se logra mediante la acreditación de pérdidas económicas en el mes de marzo de 2020 en comparación con el mismo mes de marzo de 2019. En el caso de las personas trabajadoras autónomas con una antigüedad en el RETA inferior a un año, la comparación se hará con la media de la facturación mensual desde el alta en el RETA.

El Departamento otorgará esta ayuda por el procedimiento de concurrencia no competitiva hasta el agotamiento de la partida presupuestaria que se destine, y será incompatible con cualquier otra ayuda destinada a la misma finalidad.

El Gobierno de la Generalitat, a través del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, ha tomado esta decisión como respuesta urgente a las personas que configuran el Trabajo Autónomo de Cataluña. Ante esta situación excepcional, que ha obligado a diferentes autoridades gubernativas a actuar en el confinamiento y aislamiento de personas y actividades. Este hecho impacta directamente, con previsibles pérdidas económicas, en la prestación del servicio de las personas trabajadoras autónomas, ya sea por falta de posibilidad de la prestación profesional personalmente o por el cierre del espacio donde se lleva a cabo la actividad profesional.

¿Cuándo se podrá pedir?

A partir del día 1 de abril de 2020, ya que para acreditar las pérdidas económicas se compararán los ingresos de marzo de 2020 con los de marzo de 2019 y, por tanto, hay que esperar a fin de mes.

¿Por qué canal se podrá pedir?

Telemáticamente, a través del enlace que se activará en esta misma web próximamente.

¿La ayuda será en un único pago?

Sí, de hasta un máximo de 2.000 euros.

¿Lo podrá pedir cualquier trabajador autónomo?

Está dirigido a las personas trabajadoras autónomas persona física inscritas en el régimen especial de autónomos de la Seguridad Social. No está dirigido a los trabajadores autónomos socios de sociedades mercantiles, cooperativas o sociedades laborales. Ni a trabajadores autónomos colaboradores, miembros de órganos de administración de sociedades, así como familiares de socios y religiosos.

¿Cómo se decidirá el importe?

Con la documentación acreditativa de las pérdidas económicas mediante la presentación de documentos oficiales que lo demuestren. La documentación se concretará en las instrucciones de la petición.

Encuentra el resto de ayudas a autónomos en nuestro artículo “Ayudas para autónomos y empresas”.

Lee este artículo en ruso en el siguiente enlace:

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